viernes, 13 de febrero de 2009

El Salario

El Salario es la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de sus servicios y, entre otros, comprende las comisiones, las primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extras, trabajo nocturno, alimentación y vivienda.
Características del Salario
  • Conmutativo: se recibe a cambio de un servicio prestado.
  • Subordinado: para que se perciba es necesario que el trabajador se encuentre bajo las órdenes de un patrono.
  • Disponible: el trabajador podrá disponer libremente de lo percibido.
  • Proporcional: será recibido por igual para aquellos trabajadores iguales (desempeño igual, jornada y condiciones)
  • Periódico: se percibe con regularidad y permanencia.
  • Individual: debe ser pagado a quien prestó el servicio.
  • Se puede presupuestar: debe representar una ventaja económica y evaluada en forma de dinero

Clases de salario

  • Por unidad de tiempo: Cuando se toma en cuenta el trabajo que se realiza en un determinado lapso, sin usar como medida el resultado del mismo, su remuneración es fija por salario mensual, y a los efectos del calculo de las distintas obligaciones laborales, se entiende por salario diario un treintavo de la remuneración percibida en un mes, y por salario hora, el resultado de dividir el salario diario por el numero de horas de la jornada
  • Por unidad de obra, por pieza o a destajo: Se entiende que el salario ha sido estipulado según cualquiera de estas modalidades, cuando se toma en cuenta la obra realizada por el trabajador, sin usar como medida el tiempo empleado para ejecutarla. La base de cálculo de este tipo de remuneración no puede ser inferior a la que correspondiera para remunerar por unidad de tiempo la misma labor.
  • Por tarea: Este es fijado tomando en cuenta la duración de trabajo, pero con la obligación del trabajador de dar un gran rendimiento determinado dentro de la jornada.

Beneficios sociales que no tiene carácter remunerativo

  • Becas o pago de cursos de capacitación.
  • Ropa de trabajo.
  • Los servicios de comedores, provisión de comidas y alimentos y de guarderías infantiles.
  • Reintegro de gastos médicos, farmacéuticos y odontológicos.
  • Útiles escolares y juguetes.
  • El pago de gastos funerarios.

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